La Ley de Emprendedores abrió tres caminos para atraer talento: el teletrabajo internacional (nómada digital), el emprendimiento innovador y el profesional altamente cualificado. Son expedientes que se tramitan ante la Unidad de Grandes Empresas y exigen preparar bien el proyecto. Nosotros te acompañamos.
¿Es para ti?
- Nómada digital: trabajas en remoto para una empresa fuera de España, tienes titulación o al menos 3 años de experiencia y la relación laboral o profesional tiene al menos 3 meses.
- Emprendedor: tienes un proyecto innovador o de especial interés económico para España y cuenta con un informe favorable de ENISA.
- Profesional altamente cualificado: tienes una titulación superior o experiencia equivalente y una oferta de empleo cualificado en España.
- En los tres casos, no tienes antecedentes penales y cuentas con medios económicos suficientes.
Cada caso es distinto. Revisamos el tuyo personalmente antes de presentar nada.
¿No lo tienes claro? Haz el test →
Qué hacemos por ti
- Revisamos qué vía encaja mejor con tu perfil.
- Preparamos el plan de negocio o la documentación del proyecto.
- Te orientamos para pedir el informe de ENISA cuando es necesario.
- Presentamos la solicitud ante la Unidad de Grandes Empresas.
- Te acompañamos con el visado, la entrada y la TIE.
Precio
Desde 690 € (IVA incluido), + 150 € por cada familiar. Tras revisar tu caso, te damos el precio cerrado por escrito.
Tasas oficiales aparte: aprox. 73,26 € por persona de la tasa 790-038, más 16,08 € de TIE; si se pide desde el país de origen, se suma la tasa de visado del consulado.
Puedes pagar 50 % al empezar y 50 % antes de presentar, o en 3 cuotas sin intereses.
Lo que no incluye
La constitución de la empresa, el informe de ENISA, las traducciones y apostillas, el seguro médico. Si quieres que lo gestionemos, se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar para una empresa española siendo nómada digital?
La norma permite un porcentaje limitado de trabajo para empresas en España. Lo revisamos según tu caso.
¿Cuánto tiempo dura la autorización?
La duración depende de la vía; te lo explicamos.
¿Puedo traer a mi familia?
Sí, se puede solicitar simultáneamente para cónyuge e hijos, con la tasa adicional.
Base legal: Ley 14/2013