Familia

Reagrupación familiar

Tu familia está lejos. Traerla es el siguiente paso.

Honorariosdesde 290 € (+ 120 € por familiar adicional)Tasas oficiales aprox.: 10,94 € por familiar + 16,08 € (TIE) por familiar; visado consular aparteReservar consulta · 40 €Preguntar por WhatsApp

La reagrupación familiar permite que cónyuge, hijos y ascendientes vengan a vivir contigo si ya resides en España. Exige demostrar medios, vivienda adecuada y un proyecto de vida común. Nosotros preparamos el expediente para que no se quede en un «falta un papel».

¿Es para ti?

  • Llevas al menos 1 año residiendo en España y has solicitado la renovación por otro año (o tienes larga duración).
  • Tienes medios suficientes: el 150 % del IPREM para ti y el primer familiar, y el 50 % por cada familiar adicional.
  • Tienes una vivienda adecuada, con informe de servicios sociales.
  • Tienes seguro de enfermedad para ti y para tu familia.
  • Tus hijos menores están escolarizados si ya están en España.

Cada caso es distinto. Revisamos el tuyo personalmente antes de presentar nada.

¿No lo tienes claro? Haz el test →

Qué hacemos por ti

  1. Revisamos qué familiares puedes reagrupar y qué requisitos cumplen.
  2. Calculamos los medios económicos que tienes que acreditar.
  3. Te decimos cómo pedir el informe de vivienda y qué seguro necesitas.
  4. Presentamos la solicitud y hacemos seguimiento.
  5. Te acompañamos con el visado y la llegada de tu familia.

Precio

Desde 290 € (IVA incluido), + 120 € por cada familiar adicional. Tras revisar tu caso, te damos el precio cerrado por escrito.

Tasas oficiales aparte (aprox.): 10,94 € por familiar + 16,08 € de TIE por familiar. El visado consular se paga aparte.

Puedes pagar 50 % al empezar y 50 % antes de presentar, o en 3 cuotas sin intereses.

Lo que no incluye

El visado consular, las traducciones y apostillas, los certificados de nacimiento o matrimonio, el seguro médico. Si quieres que consigamos alguno, se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes

¿A quién puedo reagrupar?

Cónyuge o pareja estable, hijos menores o con discapacidad, ascendientes mayores de 65 años a cargo y, en casos especiales, otros familiares. Lo revisamos según tu caso.

¿Cuánto tiempo tarda?

Depende de la oficina y del consulado. Te informamos de los plazos de tu provincia.

¿Puede trabajar mi familia al llegar?

El cónyuge y los hijos reagrupados en edad laboral pueden trabajar sin trámite adicional. Lo confirmamos según el caso.

Base legal: RD 1155/2024

Tu familia no tiene que esperar más. Empecemos.